Sudán: posible modelo de solución para el Sahara Occidental

La agencia EFE informa de la publicación de un importante informe elaborado por el Colegio de Abogados de Nueva York sobre el Sahara Occidental. Uno de los puntos que destaca la agencia EFE es que el informe propone una fórmula para resolver el conflicto del Sahara Occidental. Esa fórmula es la aplicación al Sahara Occidental del modelo utilizado para resolver el conflicto entre Sudán y Sudán del Sur. Un modelo que, por cierto, guarda grandes similitudes con el « Plan Baker ». La propuesta, sin embargo, debo decir que no es nueva. Yo la hice hace nueve años, en 2003, aunque supongo que el Colegio de Abogados de Nueva York desconoce mi trabajo pues no lo menciona.
I. EL INFORME SOBRE EL SAHARA OCCIDENTAL DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE NUEVA YORK
El Colegio de Abogados de Nueva York acaba de publicar un informe sobre el Sahara Occidental titulado « Los aspectos jurídicos del conflicto del Sahara Occidental. El principio de autodeterminación y las pretensiones jurídicas de Marruecos » (The Legal Issues Involved In The Western Sahara Dispute. The Principle of Self-Determination and the Legal Claims of Morocco).
Este informe fue elaborado por el « Comité sobre Naciones Unidas » presidido por Katlyn Thomas. El comité redactor del informe está compuesto por los abogados Ulysses S. Smith IV, Emma Lindsay,Glynn K. Torres-Spelliscy, Brandy Wityak, Elizabeth Kimundi,Robert J. Vanni, Joseph Klein, Channelle Heth y Hong Tang.
II. LAS PROPUESTAS DEL INFORME PARA RESOLVER EL CONFLICTO DEL SAHARA OCCIDENTAL
El informe propone tres vías para resolver el conflicto:
– El « Plan de Arreglo » elaborado entre la Organización para la Unidad Africana y las Naciones Unidas, que fue aprobada por las dos partes del conflicto (el Frente Polisario y Marruecos) y que fue aprobado por el Consejo de Seguridad en sus resoluciones 690 y 725 del Consejo de Seguridad;
– el « Plan de Paz », o Plan Baker, que fue avalado por la resolución1495 del Consejo de Seguridad;
– otra fórmula que incluya la autodeterminación del Sahara Occidental tal y como se entiende en el Derecho Internacional vigente, esto es, con la opción de independencia.
Esta última propuesta da pie al informe a decir:
While not wishing to suggest the details of such an option, we note that a feature of the Comprehensive Peace Agreement for Sudan was the Machakos Protocol, in which after a period of six years of negotiations on a political settlement of the conflict, the people of South Sudan were granted the right to a referendum in which independence was an option. A similar approach to the Western Sahara conflict would be consistent with international law principles.
La agencia EFE se hace eco de este pasaje en un despacho titulado « Abogados neoyorquinos recomiendan imitar el referéndum sudanés en el Sahara » donde se dice:
El Colegio de Abogados de Nueva York recomendó en un informe que la ONU estudie la posibilidad de respaldar un proceso en el Sahara Occidental como el que condujo a la secesión de Sudán del Sur, al contemplar la celebración de un referéndum en que los saharauis puedan votar por la independencia.
El pueblo saharaui debería poder votar por la independencia y para lograrlo se debería imitar el llamado « protocolo Machakos », incluido en los acuerdos de paz en Sudán y que condujo a la celebración de una consulta sobre la independencia del sur, dicen los abogados neoyorquinos en un documento al que Efe tuvo hoy acceso.
« Tras un período de seis años de negociaciones sobre una solución política al conflicto, el pueblo de Sudán del Sur obtuvo el derecho a un referéndum con la opción de la independencia. Un acercamiento similar para el Sahara Occidental estaría respaldado por el derecho internacional », subraya el informe de 107 páginas.
III. MI PROPUESTA EN EL MISMO SENTIDO EN 2003
En un análisis que publiqué el día 9 de enero de 2003 titulado « Pax Americana en Sudán: ¿un modelo para el Sahara y Oriente Medio? » concluía lo siguiente:
Conclusión:
El proceso de paz en Sudán no sólo tiene interés por afectar al país más extenso de África, sino porque puede ser un modelo de gestión de otros conflictos en los que España está afectada, como el del Sahara Occidental y el del Golfo. Si aceptamos que es de interés nacional de España un Sahara independiente (por razones político-estratégicas, económicas, sociales y culturales) parece claro que España debe apoyar diplomáticamente los esfuerzos norteamericanos, ya que tanto el modelo de solución del conflicto como la propia opción de la partición del Sudán que parece preconizar Estados Unidos podría tener una importante repercusión en el conflicto del Sahara Occidental. Si consideramos que España también tiene interés en un suministro estable de petróleo por los países productores del Golfo, nuestra diplomacia también debería prestar la necesaria atención al proceso de paz en Sudán.
Me alegra que, nueve años después, una institución tan prestigiosa como el colegio de Abogados de Nueva York llegue a conclusiones similares a las que presenté en 2003.

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